El Real Decreto-ley 8/2020 contra el Covid-19 (1 de 2)

El Real Decreto-ley 8/2020 contra el Covid-19 (1 de 2)

Con fecha de 18 de marzo de 2020, se ha publicado en el BOE el Real Decreto de medidas urgentes contra el COVID-19. Analizamos su contenido en dos publicaciones, así como las ayudas y servicios gratuitos que ofrece Extra Software para la implantación teletrabajo, en consonancia con las medidas del Real Decreto.

Este Real Decreto de medidas urgentes contra el COVID-19 lleva como título completo Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Entró en vigor el mismo día de su publicación y extiende su vigencia por un mes, previendo la posibilidad de prórroga. El Real Decreto-ley amplía las medidas ya tomadas en el Real Decreto-ley 7/2020, con un paquete económico y social de gran alcance y magnitud, con el objetivo de contribuir a evitar un impacto económico prolongado más allá de la crisis sanitaria.

En concreto, las medidas adoptadas en este real decreto-ley están orientadas a un triple objetivo:

  • Reforzar la protección de los trabajadores, las familias y los colectivos vulnerables
  • Apoyar la continuidad en la actividad productiva de las empresas y el mantenimiento del empleo.
  • Reforzar la lucha contra la enfermedad.

En las próximas semanas muchas empresas se van a enfrentar a una situación delicada, y por eso se han adoptado estas medidas urgentes y extraordinarias. Desde Extra Software vamos a resumir las más importantes, centrándonos en las beneficiosas para empresas y autónomos. (el Real Decreto trata también medidas sociales y de lucha contra la enfermedad)

Queremos recalcar que nos hemos limitado al estudio de la norma publicada, pero nos han surgido dudas aún pendientes de resolver. Desde Seguridad Social nos informan de que aún no conocen las especificaciones ni los procedimientos sobre varias de las medidas recién aprobadas. Nuestro departamento legal continúa alerta para informarse de las novedades y actualizaciones que vayan saliendo.

Carácter preferente del trabajo a distancia

Tal es el título que lleva artículo 5, donde se establece la necesidad de “garantizar que la actividad empresarial y las relaciones de trabajo se reanuden con normalidad tras la situación de excepcionalidad sanitaria”. Para ello, como medida alternativa para mantener la actividad, destaca el trabajo a distancia. Esta fórmula se ve como prioritaria frente al cese o la reducción de la actividad. El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado un cuestionario de autoevaluación a realizar voluntariamente por la propia persona trabajadora, para cumplir con la obligación de Prevención de Riesgos laborales en la circunstancia del teletrabajo.

El decreto destaca “la necesidad de asegurar que las empresas estén preparadas para actuar en un entorno digital”. Para facilitar esa digitalización, el Gobierno lanza ayudas para la compra y leasing de equipamiento, así como servicios para la digitalización.

Nuestro soporte tecnológico y logístico para el teletrabajo

Con ocasión de esta emergencia sanitaria, en EXTRA SOFTWARE hemos detectado una serie de necesidades tecnológicas en muchos de nuestros clientes.

La principal es cómo poner en marcha el teletrabajo y EXTRA SOFTWARE decide asumir su compromiso y nos ponemos a vuestra disposición de nuestros clientes para llevarlo a cabo.

En Extra Software ofrecemos nuestros servicios para revisar y auditar los actuales equipos y sistemas y proporcionar la mejor solución para llevar a cabo este tipo de trabajo no presencial.

Más en concreto, en Extra Software prestamos servicios de:

  • Instalación de dispositivos para habilitar, permitir y garantizar las conexiones remotas (VPN virtual Protocol Network).
  • Instalación y configuración de soluciones software de acceso remoto.
  • Actualización de Soluciones de seguridad (antivirus, firewall, antiransomware…).
  • Optimización, configuración y securización de conexiones WIFI.
  • Soluciones de colaboración y videoconferencia: Microsoft Teams, Office 365, Team Viewer…

Financiación para las soluciones de trabajo a distancia

El Real Decreto prevé dotar a las empresas de una “financiación de hasta 200 millones de euros a través del ICO para atender las necesidades financieras de las pymes en sus actividades e inversiones, para la compra y leasing de equipamiento y servicios para la digitalización entre otras y, en particular, para la dotación de soluciones de trabajo no presencial”.En la disposición adicional octava establece la puesta en marcha del “Programa Acelera PYME con el objeto de articular un conjunto de iniciativas en colaboración con el sector privado de apoyo a las PYME en el corto y medio plazo. En el ANEXO se desarrolla, junto a otras medidas de apoyo desarrolladas por la entidad Red.es, como a creación del portal Acelera PYME, la movilización en los próximos dos años más de 200 millones de euros para financiar la digitalización y las soluciones de teletrabajo para las PYMES

Una de las cuestiones principales que este fenómeno está poniendo de manifiesto es la necesidad de asegurar que las empresas están preparadas para actuar en un entorno digital.

Desde EXTRA SOFTWARE ponemos a su disposición un servicio para preparar y tramitar las ayudas a las empresas y la financiación para la dotación de soluciones de teletrabajo y la compra y leasing de equipamiento y servicios para la digitalización. Unimos así a nuestro conocimiento en el ámbito de la tecnología, un completo servicio de tramitación administrativa de la financiación de estas soluciones, en base a los recursos que pone a la disposición de las empresas el Estado, mediante este Real Decreto.

Concesión de licencias, implantación y soporte gratuitos

En Extra Software estamos trabajando para poner a su disposición el asesoramiento y las herramientas necesarias para que pueda llevar a cabo estas medidas de la mejor forma posible por lo que les ofrecemos licencias adicionales de nuestros productos con los servicios de implantación y soporte gratuito mientras dure esta situación excepcional, y además ofrecemos también.

Por otra parte, dado que puede haber autónomos y empresas, relacionados con nuestros clientes, que pueden estar atravesando una situación difícil, ampliamos estas licencias y servicios también a ellos. Ofrecemos por tanto licencias adicionales de nuestros productos con sus servicios de implantación y soporte de forma gratuita, a todos aquellos autónomos y empresas relacionados con nuestros clientes, mientras dure esta situación excepcional.

En nuestra siguiente publicación, abordaremos las medidas adoptadas por el Real Decreto respecto a las empresas, en lo que respecta a la tramitación de los ERTES y sus beneficios, los avales a la financiación concedida por establecimientos de crédito, y la suspensión de plazos, incluyendo la de los Impuestos ya establecida en el Real Decreto Ley 7/2020.

En EXTRA SOFTWARE, trataremos de proporcionarte toda la ayuda, tanto para la implantación tecnológica y logística del teletrabajo, como para financiar la digitalización de tu empresa y en especial el trabajo a distancia con las ayudas que establece el Real Decreto. También estamos dispuestos a concederte licencias, implantación y soporte gratuito de nuestros programas, mientras dure esta situación excepcional.

El Real Decreto del coronavirus Covid-19 y el estado de alarma

El Real Decreto del coronavirus Covid-19 y el estado de alarma

Debido a las implicaciones en España de la expansión del coronavirus COVID-19, ya declarada por la OMS el 11/03 como pandemia internacional, el gobierno publicó el pasado día 14/03 un Real Decreto que declaraba el estado de alarma en todo el país. Consideramos este Real Decreto del coronavirus Covid-19 declarando el estado de alarma, bastante importante, y dedicamos este artículo a analizar su contenido y cómo nos afecta en la práctica a ciudadanos y empresas.

El Real Decreto del COVID-19 se denomina Real Decreto 463/2020,de 14 de Marzo; y se compone de un texto introductorio, 20 artículos, 5 disposiciones transitorias y 3 finales.

El texto introductorio fija el contexto -la pandemia del coronavirus COVID-19- y establece las causas y los mecanismos legales que permiten la declaración del estado de alarma. Se considera la situación como grave y excepcional, dándose uno de los requisitos suficientes («crisis sanitaria que supone una alteración grave de la normalidad») para recurrir a la “Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio”, y declarar el estado de alarma.

El ESTADO DE ALARMA es el primero de los tres estados (alarma, excepción y sitio, de menor a mayor gravedad) que el Gobierno puede declarar, y el único que puede declarar sin precisar de la aprobación del Congreso de los Diputados. Se aplica en todo el territorio nacional con una duración de 15 días desde la entrada en vigor (el día14/03). Es decir, su último día sería el 29/03/2020. El Real Decreto entró en vigor a todos los efectos con su publicación en el BOE, antes de la medianoche del 14/03. Ahora bien, si no se prorroga, para lo que el Gobierno deberá contar con la autorización del Congreso de los Diputados (lo que permite la ley, y fuentes del gobierno dan por hecho que haya que recurrir a ello).

MEDIDAS QUE AFECTAN A LA CIRCULACIÓN DE LAS PERSONAS Y LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES

Quizá uno de los aspectos que más aplicación directa tiene sobre la vida diaria del Real Decreto del coronavirus Covid-19 es el regulado en el artículo 7. En él se establece los únicos supuestos en que pueden circular las personas y los vehículos privados.

Se establece que los ciudadanos pueden desplazarse, solo de manera individual (salvo los que requieran asistencia), en los siguientes supuestos:

  1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  2. Asistencia a centros sanitarios.
  3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  4. Retorno al lugar de residencia habitual.
  5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  6. Desplazamiento a entidades financieras.
  7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  8. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

Siempre se deberá hacer según las recomendaciones y obligaciones de las autoridades sanitarias. Además, el ministro de interior puede ordenar cierre de carreteras o tramos.

INTERRUPCIÓN DE ACTIVIDAD EDUCATIVA Y CONTENCIÓN DE ACTIVIDAD COMERCIAL Y CULTURAL

Otra de las medidas importantes (artículo 9) del Real Decreto del coronavirus Covid-19 es la interrupción de la actividad educativa en todos los centros y etapas, desde primaria hasta universidad. Las clases y formaciones se impartirán en modalidades a distancia u “online”, “siempre que sea posible”.

También para toda la ciudadanía afectan las medidas de contención de actividad comercial, cultural, recreativa, hostelera, deportiva, y de culto, regulados en los artículos 10 y 11.

Básicamente, se cierra cualquier establecimiento comercial, recreativo, cultural u hostelero, con las siguientes excepciones:

  • Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad,
  • Establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas
  • productos ortopédicos (establecimientos de),
  • productos higiénicos (establecimientos de),
  • peluquerías, (*tras cierto debate, finalmente las peluquerías permanecerán cerradas),
  • prensa y papelería
  • combustible para la automoción (establecimientos de),
  • estancos,
  • equipos tecnológicos y de telecomunicaciones,
  • alimentos para animales de compañía (establecimientos de),
  • comercio por internet, telefónico o correspondencia,
  • tintorerías y lavanderías.

La asistencia a lugares de culto y ceremonias civiles y religiosas se condicionan a medidas organizativas que permitan la distancia mínima de un metro entre los asistentes.

Por si hubiera dudas, el Real Decreto añade un anexo ANEXO al final, con todos los establecimientos, equipamientos y actividades cuya apertura al público queda suspendida.

Además, se añade que solo se podrá estar en los lugares que permanecen abiertos el tiempo necesario para realizar las compras, y se prohíbe expresamente consumir en el establecimiento. Muy importante es que la ley cita expresamente que se evitarán aglomeraciones (como las que se han dado hasta hoy) y se mantendrá la distancia de un metro entre empleados y clientes.

RESTRICCIONES DEL TRANSPORTE PÚBLICO

Otra medida importante del Real Decreto del coronavirus es la limitación del transporte público, que se regular en al artículo 14.

El transporte público de viajeros de media distancia de competencia estatal por cualquier medio (tierra, mar o aire) se reducirá, tanto el sometido al contrato público y Obligaciones de Servicio Público (OSP), como el que no lo está, al menos, al 50%.

El Transporte público de cercanías mantendrá su oferta.

También el transporte público de competencia autonómica o local mantendrá su oferta (por tanto, los suburbanos de las grandes ciudades mantendrán la misma oferta, salvo que las autoridades autonómicas o municipales digan lo contrario).

Habrá otros criterios para el transporte entre península y territorios no peninsulares y ente islas.

También habrá obligación de la limpieza diaria de los medios de transporte, los sistemas online deberán incluir avisos en que de desaconseje viajar y se tratará de asegurar la máxima separación entre pasajeros. El artículo también incluye la necesidad de adoptarse lo antes posible las medidas referidas al transporte y nunca más de 5 días después de la entrada en vigor del Real Decreto.

Por supuesto, respecto al transporte de mercancías, se deberá facilitar al máximo.

GARANTÍAS DE ABASTECIMIENTO ALIMENTARIO Y DE SUMINISTROS

Es un punto que preocupa a la población. La ley establece en su artículo 15 que se garantizará el abastecimiento alimentario en los lugares de consumo y los servicios de los centros de producción. Incluso se posibilidad la intervención de empresas y servicios y la movilización de fuerzas y cuerpos de seguridad y fuerzas armadas. El artículo 16 establece que se garantiza también el tránsito aduanero, de manera prioritaria en el caso de los productos de primera necesidad.

Incluso el artículo 8 establece que, para el cumplimiento de los fines previstos en el Real Decreto, se podrán establecer tanto requisas temporales de los bienes necesarios para esos fines, como la realización de prestaciones personales obligatorias imprescindibles para dichos fines.

Los artículos 17 y 18 garantizan el suministro de la energía eléctrica y productos derivados del petróleo y el gas natural. También se garantiza que las empresas y proveedores adoptarán medidas para la protección de las infraestructuras críticas que garanticen los servicios esenciales.

Los medios de comunicación social estarán obligados a insertar anuncios, mensajes y comunicaciones que las autoridades competentes establezcan.

REFORZAMIENTO DEL SISTEMA DE SALUD NACIONAL

El artículo 12 del Real Decreto del coronavirus Covid-19 establece que las autoridades civiles sanitarias quedan bajo las órdenes del Ministro de Sanidad, si bien las Autonomías y las Autoridades Locales mantienen la gestión de los servicios. Pero de este modo, al quedar las autoridades bajo el mando único en última instancia del Ministro de Sanidad, se garantiza la mejor distribución en territorios de medios técnicos y personales, según las necesidades que imponga la crisis sanitaria.

También se establece que las autoridades competentes que fija el Real Decreto del coronavirus asegurarán que el personal y los centros y establecimiento sanitarios de CARÁCTER MILITAR contribuyan a reforzar el Sistema Nacional de Salud en el territorio nacional.(El domingo ya se había producido la activación de personal sanitario militar en la reserva, unos 150 médicos y 70 enfermeros).

De igual manera, el Ministro de Sanidad podrá ejercer facultades respecto a establecimientos sanitarios de titularidad privada. De hecho, en una comparecencia de Salvador Ila, y los otros tres ministros que son autoridades delegadas competentes del Gobierno, el pasado domingo día 15, se comunicaba la decisión de intervenir la sanidad privada para ponerla al servicio del Sistema Nacional de Salud. Los hospitales privados dependerán de los Consejeros de Sanidad de cada autonomía.

El artículo siguiente establece también que el Ministro de Sanidad podrá impartir órdenes para asegurar el abastecimiento del mercado y los servicios de los centros de producción para asegurar los bienes necesarios para la protección de la salud pública.

Esta ley le faculta para intervenir y ocupar transitoriamente industrias y talleres, incluidos los privados, que produzcan dichos bienes, así como las que trabajen para el sector farmacéutico.

AUTORIDAD COMPETENTE

Por último, aunque el Real Decreto del coronavirus lo fija en los primeros artículos (4 y 5), digamos resumidamente las instituciones que el Real Decreto considera la Autoridad Competente.

  • En primer lugar, el Gobierno, con la dirección del Presidente.
  • En segundo lugar, las autoridades competentes delegadas son la Ministra de Defensa, el Ministro de Interior, el Ministro de Transportes Movilidad y Agenda Urbana.
  • Se activa con el estado de alarma el Comité de Situación, como órgano de apoyo al Gobierno en su función de autoridad competente.

Las Fuerzas de seguridad del estado, los Cuerpos de policía de las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales, quedan bajo las órdenes del Ministro de Interior. El Sistema Nacional de Protección Civil queda bajo dependencia del Ministro de Interior. Se podrá requerir la actuación de las Fuerzas Armadas. (De hecho, el domingo 15 se habían desplegado ya 350 efectivos de la UME -Unidad Militar de Emergencias- en patrullas en Madrid y otras ciudades donde tienen bases).

Los miembros de las Fuerzas Armadas que participen en tareas de apoyo en el marco de la crisis del coronavirus tendrán carácter de agente de la autoridad. Es decir, podrán dar órdenes a los civiles.

Las Administraciones locales y autonómicas conservarán competencias en la gestión diaria de servicios para adoptar las medidas oportunas que se ordenen.

El Real Decreto del coronavirus también ratifica TODAS LAS MEDIDAS ADOPTADAS por las Comunidades Autónomas y las Entidades locales con ocasión del Covid-19, que seguirán vigentes, siempre que sean compatibles con el Real Decreto. Y establece que se podrán dictar sucesivos decretos que modifiquen o amplíen.

Estamos viendo ya en las calles, comercios y actividad empresarial los efectos del Real Decreto del coronavirus Covid-19, así como algunas reacciones de las autoridades autonómicas, si bien mayoritariamente han asegurado su cooperación con el Gobierno. La aplicación de este Real Decreto no ha hecho más que comenzar.

5 Apps para llevar tu negocio desde el móvil

5 Apps para llevar tu negocio desde el móvil

En esta ocasión te hablamos de Apps para llevar tu negocio más fácilmente, con tan solo un dispositivo móvil (ya sea tablet o smartphone). Las dos primeras, como es lógico en este blog, son de la casa, pero también nos queremos abrir a recomendaros aplicaciones de otros fabricantes que nos han resultado interesantes.

Gextor Next: facturación para autónomos en la nube

GEXTOR_NEXT

Por supuesto, empezamos con nuestro software en la nube estrella para autónomos y emprendedores. Si es tu caso, Gextor Next es un programa pensado para tus necesidades gestoras y fiscales. Gextor Next funciona sobre cualquier dispositivo móvil y también sobre cualquier ordenador de sobremesa. Con él puedes llevar tus presupuestos, facturas y cobros al día, tanto de clientes como de proveedores, de manera ilimitada. Al mismo tiempo, puedes llevar un adecuado control de tu tesorería, e ir completando la información fiscal necesaria para presentar tus impuestos. Gextor Next cuenta también con la generación automática de libros de registro y de los impuestos a los que está obligado un autónomo.

Puedes darte de alta de manera gratuita durante un mes en el siguiente enlace.

Gextor Mobile Almacén: una App para llevar el inventario

GextorPedidosMobile

Es la App indicada para gestión de inventario físico. Gextor Pedidos Mobile surgió para dar solución a las necesidades de inventario, pero se ha ido ampliando para poder generar pedidos, albaranes y facturas desde el móvil. Con ella es posible verificar y hacer conteo de inventario mediante móvil. Permite la introducción manual o por código de barras, por lo que es muy cómoda para realizar inventarios con agilidad. Está perfectamente sincronizada con Gextor Gestión Comercial, por lo que no es necesario realizar ninguna operación de exportación o importación.

Puedes ver más información en el siguiente enlace.

Trello: una App para organizar tu negocio

Trello

Es una App de planificación y organización del trabajo, aunque cuenta también con una aplicación de escritorio. Básicamente funciona con tableros de proyectos, que puedes organizar por personas o equipos. Mediante este tablero asignas tareas a los miembros de tu equipo, realizas seguimiento o fijas un calendario de realización. Trello puede interactuar con Dropbox, OneDrive y Google Drive para adjuntar documentos, y crear entornos de trabajo colaborativos. Una de sus ventajas, fundamental en cualquier aplicación en la nube, es que utilizan sistemas similares a los de los bancos para enviar la información, y copias de seguridad cifrada.

Es una aplicación gratuita y puedes darte de alta aquí.

Mile IQ: una App para registrar tus kilómetros

Mile IQEs una App disponible tanto en Google Play como en App Store, por tanto funciona tanto con Android como con iOS. Fue creada por el emprendedor Dan Bomze en 2013, pero desde 2015 forma parte de Microsoft, tras su adquisición por esta compañía. Permite realizar un rastreo de los kilómetros que realizas a diario. Solo tienes que elegir al final del viaje si ha sido un viaje personal o de trabajo y la App se encarga del resto. Calcula automáticamente todos los trayectos, el destino y los kilómetros de distancia. Dado que los gastos de desplazamiento son deducibles, un control exhaustivo de los kilómetros realizados te supone importantes ventajas fiscales.

Mile IQ ofrece distintos planes de precios, y puedes darte de alta aquí.

Waze: una App para orientarte en carretera

logo wazeSi trabajas bastante al volante, esta App te facilitará la vida bastante. Waze Ltd. Fue creada en 2008 por un grupo de emprendedores, pero en 2013 fue adquirida por Google. Al contrario que otras Apps de movilidad, los propios usuarios o wazers ayudan a mantener la App mediante un sistema de colaboración abierta. Waze cuenta con indicaciones habladas, reportes de tráfico y de precios de gasolina en tiempo real y actualizaciones regulares y gratuitas de mapas. También permite evitar peajes y avisar de las localizaciones de radares fijos y cámaras de seguridad. Waze es multi-idioma y tiene integrada la búsqueda de destino gracias a la tecnología de Google, y puede utilizar otras aplicaciones para integrar destinos.

Puedes descargarte la aplicación gratuitamente en App Store o Google Play.

Con estas Apps para llevar tu negocio desde el móvil, tu eficiencia se multiplicará, y redundará en menores costes y más ingresos.

¿No es lo que queremos todos? 🙂

Balance del año 2019 Extra Software y perspectivas para el 2020

Balance del año 2019 Extra Software y perspectivas para el 2020

Una vez más, en 2019 te hemos hablado de Transformación Digital, y creemos que será aún más importante en 2020. Contenidos de tecnologías punteras como Procesamiento de Lenguaje Natural, IOT, o el 5G (con el veto de Trump a Huawei incluido) y asuntos actuales como la privacidad en las redes sociales, han estado presentes en nuestros contenidos del año que acaba de terminar. Y para nosotros, 2019 será también el año en que nos reconocieron como PYME innovadora. Te resumimos el Balance del año 2019 Extra Software.

El año de la Transformación Digital

Comenzamos el año analizando las perspectivas para las PYMES con ayuda del Informe de CEPYME. Aunque las expectativas para variables como empleo o ventas eran positivas, había que destacar el camino que quedaba aún por recorrer en digitalización. Números por debajo del 40% en microempresas y pequeñas empresas en la incorporación de CRM, ERP y menor del 20% en la incorporación del eCommerce en la actividad. Para las empresas de poco tamaño todavía había un largo camino por recorrer. Ahondamos en el tema de la Transformación Digital con el Informe Forrester, y describimos los grandes actores de la transformación digital, para acabar el año describiendo ejemplos concretos de Transformación Digital en el sector del Retail.

La nueva tecnología y su influencia en la productividad

El año empezaba fuerte con la feria Consumer Electonics Show 2019, en la que el 5G fue el gran protagonista, pero también había espacio para los asistentes inteligentes, los nuevos televisores, los coches inteligentes y la Realidad Virtual y Aumentada. En Febrero llegaba el Mobile World Congress 2019, y aprovechamos para contarte 10 tecnologías que ya están aquí y de las que pronto no podrás prescindir. En mayo, Trump vetaba a Huawei, líder en el campo del 5G, como había hecho en el pasado con otras compañías chinas, e iniciaba una guerra comercial de la que aún vemos las consecuencias. También era noticia este año que redes sociales como Facebook y Twitter alcanzaban su techo en España, mientras Instagram y WhatsApp continúan su ascenso.

Extra Software, Pyme Innovadora

En Julio anunciábamos el reconocimiento a nuestra empresa como Pyme Innovadora, tras el Informe Motivado “NUEVOS EVOLUTIVOS EN EL SISTEMA DE SOLUCIONES DE GESTION EMPRESARIAL GEXTOR”. El sello es otorgado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y tiene una validez de 3 años.

EL PSD2 y otras Innovaciones en los pagos electrónicos.

En Septiembre entraba en vigor el PSD2, normativa europea de pagos electrónicos, si bien con una moratoria en España que retrasaba su aplicación. Pero ya empezamos a ver sus efectos en la forma de operar con Banca online. Era quizá el cambio más importante de un sector que está sufriendo una revolución digital, como anunciábamos en Mayo, y corroborábamos a finales de año, con los 5 cambios importantes a nivel de digitalización.

En definitiva, ha sido un año fecundo en Transformación Digital e innovación, y esperamos, si las predicciones son correctas, cambios aún más importantes. Empezando por la llegada del 5G a los usuarios finales, pasando por innovaciones en IoT y tecnología para el hogar, y terminando con la aplicación definitiva de la normativa PSD2 y la revolución del sector bancario, digitalmente hablando.

2020 tampoco va a ser un año aburrido… 🙂

5 Cambios digitales en Banca que están cambiando el sector

5 Cambios digitales en Banca que están cambiando el sector

Desde que comenzaron las Apps bancarias, es un sector que está tan cerca de nosotros comonnuestro móvil. Este año ha habido importantes cambios digitales en Banca, con la normativa PSD2 a la cabeza. Se esperan más para el año que viene.

5 Cambios digitales en Banca de los últimos años

Menos oficinas y menos empleados.

Previamente a la crisis , las sucursales bancarias alcanzaron su tope máximo en España. Fueron exactamente 46.065 en 2008. Sin embargo, el ascenso de la Banca por Internet y la llegada de una generación que quiere utilizar herramientas de pago digital ha cambiado todo. 10 años más tarde, hay un 43,2% sucursales menos: 19.899. Lo mismo se refleja en los empleados. En 10 años se han perdido un 33%. Han pasado de 270.855 en 2008 a 88.856 en 2018, según datos del Banco de España, recogidos en 20 minutos.

Mayor uso de la Banca Digital

Es la otra cara de la moneda. Si cada vez hay menos oficinas y empleados de banca, es porque los usuarios se desplazan a otros sistemas. Según un estudio de la agencia de estadística europea Eurostat, los usuarios de servicios de Banca digital de 16 a 74 años han pasado del 25% al 51% en 10 años. Es decir, se han duplicado. En España vamos un poco por detrás, pero hemos pasado en el mismo periodo del 16% al 46%. Es decir, prácticamente se han triplicado.

PSD2

Este año ha sido obligatoria su aplicación en la autenticación doble de la banca online. Sin embargo, gracias a la moratoria concedida por la EBA, no se aplicará en las formas de pago electrónicas hasta el 31/12/2020. La autenticación reforzada en pagos electrónicos, los agregadores financieros o los iniciadores de pagos serán figuras cada vez más habituales con la nueva normativa PSD2.

Fusiones y más fusiones

Se espera para 2020 la fusión entre Unicaja y Liberbank, tras la operación frustrada hace siete meses. También BBVA, Sabadell y Bankia podrían protagonizar otra gran fusión próximamente. Tanto el BCE como el Banco de España ven con buenos ojos estas operaciones. Los tipos bajos de interés del BCE, así como las inversiones necesarias en digitalización en menor media, han rebajado los márgenes. Y como consecuencia los bancos impulsan las fusiones.

Ciberseguridad. Pentesting y criptografía homomórfica

El pentesting son pruebas que la propia empresa hace sobre sus sistemas. Es una forma de hacking ético, porque son agentes de la propia empresa los que realizan pruebas de estrés sobre los sistemas. La novedad que viene, gracias al machine learning, es que el pestenting se realiza durante la propia instalación del software y la configuración de las redes de seguridad. La otra novedad es la criptografía homomórfica. Un sistema que permite leer y operar con los datos antes de que sean descifrados. Este sistema evita la pérdida o mal uso de los datos en los procesos de cifrado o descifrado.

En definitiva, los cambios digitales en Banca irán cada vez a más. Menos oficinas y menos empleados, más banca digital y más sistemas de seguridad en la banca online. Estos son algunos de los rasgos distintivos de la digitalización en este sector los últimos años. Para los años venideros se esperan más controles de autenticación en los pagos electrónicos, mientras los bancos implementan mejores medidas de seguridad y se lanzan a fusiones cada vez mayores. La Banca es un sector en continua transformación, cuyos cambios nos afectarán cada vez más en nuestro día a día.

Tendencias de Transformación Digital del Retail en 2020

Tendencias de Transformación Digital del Retail en 2020

Casos como el de Blockbuster o Toys «R» Us (cerrada en todo el mundo, excepto España y Portugal) evidencian que incluso las grandes compañías pueden quebrar si no se suben al tren de la digitalización. Sin embargo, tan solo el 14% de las PYMES españolas tienen una estrategia digital, según el Índice de Economía y Sociedad Digital de la Comisión Europea. La Transformación Digital del Retail, un sector tan tradicional, es un ejemplo de cómo la digitalización invadirá todos los campos de la empresa en 2020.

Según la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico), si la digitalización de las empresas aumentara en un 10%, se notaría un crecimiento del 3,2% en el PIB Español durante el año 2020. En 2018, más del 75% de las grandes empresas y pymes españolas habían apostado por la inversión en páginas web corporativas, mientras menos de un 35% de los pequeños negocios (hasta 10 empleados) se habían animado a dar el paso. Esto es de lamentar, porque el crecimiento interanual de las ventas por internet, incluso en época de crisis, ha sido de más del 20% en España.

¿Por qué todavía las PYMEs españolas no han cogido aún el tren de la Transformación Digital? Según el estudio “GOING DIGITAL: The Challenges Facing European SMEs”, hay importantes factores que frenan la digitalización en las PYMES. Un 25% por ciento de las empresas considera que se debe a la falta de opciones específicas de financiación. Otras causas señaladas son: no contar con trabajadores especializados en el ámbito digital, la ciberseguridad y la resistencia al cambio. Hay quien dice también que la digitalización implica pérdida de puestos de trabajo, pero no parece un factor claro porque por otro lado también los crea.

5 CLAVES DE TRANSFORMACION DIGITAL DEL RETAIL PARA 2020

Hasta aquí los macrodatos. Fijémonos ahora en las tendencias de digitalización que señala Cyberclick en un entorno tan tradicional como el del Retail. Con esto podemos hacernos una idea de la importancia de la Transformación Digital, también en sectores tradicionales, para el 2020.

  • REALIDAD AUMENTADA. Según Forbes, 2020 será el año en que, gracias a la Realidad Aumentada, ya no será necesario ver, tocar y probar un producto en persona. Simplemente enfocando el móvil hacia determinados espacios de un coche o una casa, será posible obtener información sobre cómo quedaría un mueble o electrodoméstico. Amazon AR View ya está trabajando en ello, como puede verse en este vídeo:

  • ENTREGAS ULTRARÁPIDAS. De nuevo con Amazon a la cabeza (Amazon Prime Air ya asegura una entrega en menos de 30 minutos). Es importante, porque el 88 % de los consumidores están dispuestos a pagar por entregas en el mismo día o incluso más rápidas.
  • BIG DATA. Mediante todas las trazas de su actividad que dejan los clientes, sumado a los comentarios en redes sociales, y su comportamiento en las tiendas online, se puede obtener información muy valiosa sobre su comportamiento, con ayuda del Big Data. Las empresas ya se plantean invertir en plataformas de analítica avanzadas para aumentar sus ventas.
  • SOCIAL SHOPPING. Ya hay aplicaciones, como Shot & Shop, que permiten, apuntando nuestro móvil a una determinada prenda o accesorio que vemos en imagen real o una foto, localizarlo y comprarlo. También permiten buscar esa prenda que lleva un famoso y que tanto nos ha gustado y combinarla como queramos.

  • REALIDAD VIRTUAL para probarse ropa. Se trata básicamente de utilizar las ventajas de esta tecnología para que no sea necesario tener la ropa delante para probársela. Los probadores virtuales, como FXMirror, permiten combinar una imagen real (la del cliente) con una virtual (la de la ropa que ha elegido), y tener una excelente experiencia de compra a distancia:

Son solo algunas tendencias de Transformación Digital del Retail, ejemplos de cómo las innovaciones tecnológicas cada vez están transformando más las empresas. Las PYMES deben estar atentos a ellas para incorporarlas a su plan de digitalización, si no quieren quedarse atrás en la carrera para captar al cliente.

En Extra Software, somos especialistas en Nuevas Tecnologías, y podemos ayudarte en el camino de la Transformación Digital. No dudes en consultarnos para realizar una auditoría sin compromiso.