Las ayudas de la CAM (Comunidad de Madrid) dirigidas a autónomos estuvieron poco tiempo vigentes la última vez. En esta ocasión, las ayudas consisten en un apoyo financiero, tanto para Pymes como para autónomos de Madrid, afectados por la crisis de la Covid-19, que hayan solicitado un crédito para hacer frente a sus gastos.

BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS DE LA CAM

Los beneficiarios de estas ayudas son autónomos y PYMEs cuyo centro de actividad esté en la Comunidad de Madrid. Es decir, por una parte, trabajadores inscritos el RETA, incluyendo socios de cooperativas, sociedades laborales o mercantiles o inscritos de manera alternativa con una Mutua de previsión social. Por otra parte, las pequeñas y medianas empresas. Es decir, las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50.000.000 de euros o bien cuyo balance general anual no excede de 43.000.000 de euros.

Aparte de que el centro de trabajo del autónomo o PYME esté en la Comunidad de Madrid, su actividad se ha tenido que ver afectada por el Covid-19, en concreto:

Actividades cuya apertura al público quedase suspendida por la declaración del estado de alarma por la crisis sanitar de la Covid-19 (Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo).

Actividades que hayan experimentado, a partir del mes de marzo o abril de 2020, una reducción de, al menos un 25% de la facturación, comparativamente con el mismo mes del año anterior o respecto a febrero de 2020.

Negocios que iniciasen su actividad en marzo de 2020, independientemente del sector en el que la desarrollen.

OBJETO DE ESTAS AYUDAS

Para optar a estas ayudas de la CAM, la PYME o el autónomo tiene que haber suscrito una operación de préstamo con una entidad de crédito con establecimiento permanente en la CAM, y que esté avalada en un 100% por alguna de las SGR (Sociedades de Garantía Recíproca) que operan en la Comunidad de Madrid. Como sabemos, las SGR son entidades financieras sin ánimo de lucro que facilitan a pymes y autónomos el acceso a la financiación a través de la concesión de avales directos, aparte de asesoramiento, formación y promoción. Aquí puedes consultar las SGR que operan en la Comunidad de Madrid.

El objeto de la ayuda es, de hecho, el pago de las comisiones, intereses y amortizaciones asociadas al préstamo; así como las comisiones del aval. Es decir, que no se puede dedicar a ninguna otra finalidad.

Aparte de ser créditos con entidades establecidas den la Comunidad, y avaladas al 100% por SGR, deben cumplirse también otros requisitos:

Deben ser préstamos nuevos o renovaciones de préstamos que hayan sido concedidos a partir del 14/05/2020 (entrada en vigor del estado de alarma). El importe no podrá ser superior a 50.000€ de principal, y el plazo de devolución deberá ser igual o inferior a 30 meses, incluidos 6 meses de carencia.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La cuantía de estas ayudas de la CAM será del 6,5% del importe formalizado, en concepto de principal, de las operaciones de préstamo.

El Boletín de la Comunidad de Madrid publicó el 14/05/2020 el importe total del crédito presupuestario dedicado a estas ayudas, que asciende a 8 millones (8.000.000) de euros.

PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS

La orden indicada más arriba establece la fecha máxima del 30/11/2020, y está abierto el plazo desde el 09/05/2020, día siguiente a la publicación en el BOCM de la Orden.

La presentación de solicitudes y la documentación exigida se realizará exclusivamente de manera electrónica, a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid. Por tanto, es necesario contar con DNI electrónico o Certificado Digital en vigor. Además, se deberá estar dado de alta en deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid. En el enlace correspondiente del registro, que incluimos más abajo, se remite en el apartado “GESTIÓN” al formulario de solicitud y los documentos que se deben rellenar.

Por último, te dejamos los enlaces para solicitar la ayuda, así como las preguntas frecuentes que ha publicado la Comunidad de Madrid sobre la misma.

ENLACE PARA SOLICITAR LA AYUDA

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE ESTAS AYUDAS DE LA CAM